Orden de arresto y multa contra Gerente Regional Norte de la Nueva EPS
Por incumplir fallo de tutela que amparó los derechos de una paciente, que solicitó atención y la entrega de unos medicamentos.
El Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Barranquilla ordenó un día de arresto y una multa de tres salarios mínimos contra la Gerente Regional Norte de la Nueva EPS, Martha Peñaranda Zambrano.
Lo anterior se da por incurrir en un incidente de desacato, tras no cumplir con una fallo de tutela que amparó los derechos de una paciente, que solicitó atención y la entrega de unos medicamentos.
La aludida sentencia de tutela fue proferida el 15 de noviembre de 2023, en donde se ampararon los derechos fundamentales a la salud, la vida digna, la integridad personal, la protección especial a las personas de la tercera edad, la protección especial a las personas con discapacidad física, sensorial y cognitiva de la accionante Mari Luz Suárez Osorio.
Esta fue la resolución textual de ese fallo de tutela:
SEGUNDO: CONCEDER EL AMPARO de los derechos fundamentales a la Salud, La Vida Digna, La Integridad Personal, La Protección Especial A Las Personas De La Tercera Edad, La Protección Especial A Las Personas Con Discapacidades Físicas, Sensorial Y Cognitiva, de la señora MARI LUZ SUAREZ OSORIO, identificada con cédula de ciudadanía No. 32.785.023, por las razones expuestas en la presente providencia.
TERCERO: ORDENAR a la Nueva EPS, por medio de su representante legal o quien este delegue que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, autorice que a la mencionada señora se le efectué una valoración integral con los médicos de su red de servicios, a fin de definir si requiere el servicio de enfermería o cuidador primario de acuerdo a sus condiciones actuales; en caso de ser prescritos, la citada EPS, deberá suministrarlos, sin dilación alguna.
CUARTO: ORDENAR a la NUEVA EPS que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, autorice y entregue de manera inmediata y sin cobro alguno, a la señora MARI LUZ SUAREZ OSORIO, el medicamento 6 AMPOLLAS DE ROMOSOZUMAB 90MG/1ML POR 3 MESES., de conformidad con la orden médica expedida por el médico tratante el 17/10/2023, en las condiciones, cantidad y periodicidad ordenada por el médico tratante y así evitar un perjuicio irremediable, por tratarse de un adulto mayor que sufre de poliartritis degenerativa con gran limitación funcional, entre otras condiciones más y no puede ponerse en riesgo su salud.
Lo ordenado por la tutela no se cumplió a cabalidad durante el presente año y por eso se abrió el incidente de desacato, el pasado 21 de agosto.
"Así las cosas, con tal proceder la Dra. MARTHA PEÑARANDA ZAMBRANO, en su condición de Gerente Regional Norte de NUEVA EPS, quien es la directa llamada al cumplimiento de fallos de tutela y como quiera que la orden impartida por este Despacho no se ha cumplido a cabalidad, no existe conclusión aplicable diversa que la de merecer este funcionario, las consecuencias legales sobre las cuales habla el decreto reglamentario de la tutela", indicó el Juzgado.
"Esto es, la imposición de sanción por estar en desacato, conforme la dosificación sancionatoria plasmada en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 para esta clase de trámites por desacato, este Juzgado pasará a imponer al referido funcionario, multa equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y arresto por el término de un (1) día. Dosimetría que se estima razonada y proporcional a la afectación encausada por vía de reproche en líneas precedentes, al infringirse sin justa causa, la orden constitucional servida en la tutela del 15 de noviembre de 2023", agregó.